Futura mamá y autónoma, ¡Esto te interesa!

Estoy de aniversario. Justo hace un año me lié la manta a la cabeza y me convertí en madre y autónoma.. ¡Que no es poca cosa! En aquel momento no sabía cuanto tiempo sería capaz de aguantar de alta. Bien sabido es que el mundo de los autónomos no es fácil. Y, aunque yo me acogí a la conocida tarifa plana, no tenía claro si podría sobrepasar de los 6 meses, cuando el tramo pasa de 50 a 137 euros. Pero ya veis… No solo he pasado de ahí, sino que acabo de cumplir un año. Permitidme un… ¡ole yo! 😉

¿Porque os cuento todo esto? Bien, resulta que hace poco me pasó algo que, al compartirlo por instagram, me dí cuenta de que hay mucha desinformación al respecto. Así que intentaré que mi experiencia personal sirva para otras mamás. Que las madres autónomas debemos ayudarnos entre nosotras.

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Madre autónoma vía Shutterstock

El misterioso caso de la cuota de autónomos perdida

Era el último día de noviembre, cuando me metí a chequear mi cuenta del banco esperando encontrar el cargo de la cuota de autonómos de ese mes. Cual fue mi sorpresa al ver que no había cargo alguno. Decidí esperar al día siguiente, que era viernes, seguro que entonces ya aparecería… ¡Pero no! Pasó el fin de semana, llegó el lunes y nada. Así que ya, con la mosca detrás de la oreja, decidí llamar a hacienda. Allí me dijeron que en su sistema no constaba ningún fallo y las cuotas se habían pasado sin problemas. Que hablara con mi banco, por si tuvieran el pago retenido o hubieran devuelto el recibo. Y que si con el banco estaba correcto todo, tendría que ir a hacienda a solicitar una carta de pagos (o algo así…) para pagar la cuota o podría ser penalizada…

¿Como? ¿Penalizada? Osea que se equivocan ellos y palmo yo… Todo el sentido del mundo, ¡si señor!

En fin, después de hablar con el banco y que me confirmaran que nada raro había, me fui para la seguridad social a ver si podía arreglar el entuerto. Acojonaíta viva ante la penalización de 300 y pico euros que me podía caer encima, así, sin comerlo ni beberlo.

Pero, ¡o sorpresa! Lo que me dijeron en el INSS me quitó un gran peso de encima…

¿Que pasó con mi cuota de autónoma?

Resulta que el pasado 26 de octubre del 2017 se publicó en el BOE la modificación de la ley de autónomos. Hay 12 medidas nuevas que se aplican, la mayoría, a partir de ese día. Pero yo os hablaré solo de las que nos incumben como madres autónomas.

La primera y principal (y la culpable de la desaparición de mi cuota de autónomos) es la bonificación del 100% de la cuota mientras se está de baja por maternidad/paternidad. Es decir, antes teníamos que pagar la cuota, aun estando de baja. De hecho yo pagué las de agosto, septiembre y octubre. Pero ahora ya no te la cobran. Esto es aplicable a madres y padres autónomos.

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Burocracia vía Shutterstock

Una cosa a tener en cuenta, es que, si como a mi, os han cobrado alguna cuota después del 26 de octubre, tendréis que ir al INSS que os toca para solicitar el reintegro de la parte correspondiente. Para que me entendáis: A mi me cobraron la cuota de octubre integra y al ir allí me dijeron que me tienen que devolver la parte proporcional de la cuota desde que entró en vigor la nueva ley hasta final de mes, es decir, desde el 26 al 31 de octubre. Para eso hay que hacer mas papeleos, te dan 3 meses de plazo, pero oye, todo lo que sea que te devuelvan dinerito, ¡bienvenido sea!

¿Que mas cosas han cambiado?

  • Si en tu caso para conciliar tu faceta de madre con tener un negocio necesitas contratar a alguien, se te bonificará el 100% de tu cuota de autónomos hasta que el niño tenga 12 años, mientras tengas a alguien contratado para sustituirte claro está. Esto también es aplicable a padres con menores a cargo.
  • Si eras madre autónoma y tuviste que darte de baja para poder atender a tu hijo, ahora se aplicará la tarifa plana a mujeres que, habiendo cesado su actividad reemprendan su negocio antes de dos años después del cese. Es una excepción para que no haya que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez.

Ayuda extra

Esto es aplicable a todas las madres trabajadoras, sean autónomas o no. Imagino que ya es conocido para muchas. Se puede solicitar una ayuda de 100 euros mensuales (o 1200€ anuales a través de la declaración de la renta) que se aplicará hasta que el niño cumpla los 3 años. Para eso podéis ir a hacienda a solicitarlo de modo presencial o hacerlo por teléfono en el 901 200 345 (comunicando NIF, nº de cuenta bancaria, nº de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad, si trabaja, e importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF de cada ejercicio). Además es necesario aportar los datos del registro civil que figuran en el libro de familia.

Estas son las principales modificaciones con la entrada en vigor de la nueva ley de autónomos. Que digo yo que nada les costaría mandar una carta informativa a todos aquellos a los que esta ley nos ha pillado en mitad de la baja. Por lo menos para evitarnos el susto y darnos una alegría… ¡Gracias y de nada señores! Que las modificaciones se agradecen, si, pero. bajo mi punto de vista, son del todo insuficientes para ayudar a la conciliación familiar y a fomentar el trabajo autónomo.

¿Os habíais enterado de los cambios en la ley de autónomos?

¿Creéis que estas medidas son suficientes para ser madre autónoma y conciliar?

 

 

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